domingo, mayo 18, 2025

Ciudad de México, México, 5 de junio de 2020, México Ambiental.- La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Agricultura), a través del Instituto Nacional de  Pesca y Acuacultura (Inapesca), convoca a pequeños y medianos productores inscritos en el Registro Nacional de Pesca y Acuacultura (RNPA) o que sean miembros de una Unidad de Producción Acuícola (UPA) interesados en participar en el Componente Recursos Genéticos Acuícolas del Programa de Fomento a la Agricultura, Ganadería, Pesca y Acuicultura: el apoyo considera a productores de camarón, tilapia, trucha y ostión.

Requisitos generales

Llenar debidamente la solicitud de apoyo, la cual se encuentra disponible en la ventanilla electrónica única (Únicamente del 1° al 15 de junio), para lo cual debe disponer de un correo electrónico con dominio Gmail. Para lo cual podrá acudir a los módulos de orientación.

https://forms.gle/TZdnAmRTcQtmN9AJ7

Una vez que ingresa a la ventanilla electrónica única, se debe iniciar el llenado de la solicitud de apoyo y deberá adjuntar en los apartados correspondientes los documentos siguientes:

a) Identificación oficial: que debe estar vigente y contener firma y fotografía, expedida por el gobierno federal, estatal o municipal, tales como: Credencial para Votar; Pasaporte; cartilla del servicio militar nacional; cedula profesional; licencia para conducir.

b) CURP: se exceptúa en los casos que la identificación oficial la contenga.

c) RFC; Registro Federal de Contribuyentes.

d) Registro Nacional Pesquero y Acuícola o Acta Constitutiva o de Asamblea:

debidamente protocolizada ante fedatario público, que avale que es miembro de una UPA que cuente con él. Este último documento no debe tener fecha posterior a la apertura de ventanilla.

e) Comprobante de domicilio a nombre del solicitante: son aceptables los siguientes:

recibo de luz, teléfono, predial, agua, constancia de residencia expedida por el Ayuntamiento, Comisariado Ejidal o de Bienes Comunales, con la cual se hace constar que la persona física habita en el núcleo agrario, localidad o municipio donde se desarrollará el proyecto productivo o en donde tiene su domicilio legal; el comprobante deberá presentar una vigencia no mayor a tres meses anteriores a la fecha de recepción de la Solicitud de Apoyo.

f) Acreditar la legal propiedad o posesión del predio o bien, en el que se realizarán las acciones del proyecto solicitado, con el documento jurídico fehaciente que corresponda, con las formalidades que exija el marco legal aplicable en la materia, los documentos aceptables podrán ser: título de propiedad (factura o contrato de compra venta), contrato de: arrendamiento, comodato, usufructo, donación, adjudicación por herencia, certificado parcelario. Para el caso de los productores de comunidades indígenas, con el documento expedido por la autoridad competente y en su caso, conforme a usos y costumbres.

g) Últimos tres avisos de cosecha o carta, bajo protesta de decir verdad, de producción para el caso de ostión de hasta 500,000 ostiones, de trucha hasta 15 toneladas, y de tilapia y camarón de hasta 10 toneladas anuales, de la UPA.

h) Escrito bajo Protesta de Decir Verdad (Anexo II: Declaratoria del Solicitante): por el cual manifiesten que cuentan con la infraestructura necesaria en sus domicilios fiscales y/o sedes específicas de operación, que les permita utilizar el apoyo para los fines autorizados.

Conceptos de apoyo, apoyo máximo en especie y requisitos específicos.

Los documentos referidos (requisitos generales y específicos) deberán adjuntarse a la solicitud de

apoyo, conforme a las especificaciones siguientes:

a) Documentos escaneados en original, sin tachaduras o enmendaduras, legibles. (un archivo por documento).

b) Formato PDF (máximo 10 MB).

c) Cada uno de los archivos deberá ser nombrado de la siguiente manera:

NUMERO CONSECUTIVO+ TIPO DE DOCUMENTO+ NOMBRE DEL SOLICITANTE. EJEMPLO: 1_CURP_JUANPEREZHERNANDEZ.

https://www.youtube.com/watch?time_continue=51&v=7x5FTYY5xzg&feature=emb_logo

Requisitos de elegibilidad.

I. Estar inscritos en el Registro Nacional de Pesca y Acuacultura (RNPA), o ser miembros de una UPA que cuente con él.

II. En el caso de actividades acuícolas en aguas de jurisdicción federal, realizarlas al amparo de un título de concesión, o permiso de pesca o acuacultura vigente.

III. Haber registrado producción, a excepción de Unidades Económicas de reciente creación.

IV. Contar con el Sistema de Exclusión de Fauna Acuática (SEFA), cuando aplique, de acuerdo a la NOM-074-SAG/PESC-2014.

V. Estar al corriente en sus obligaciones ante la Secretaría, de acuerdo a lo dispuesto en las Reglas de Operación.

VI. Cumplir con las obligaciones fiscales que les correspondan, conforme a la normatividad aplicable.

VII. No estar incluidos en el “Directorio de personas físicas y/o morales que pierden su derecho de recibir apoyos”, a cargo de la Secretaría.

Fechas de apertura y cierre de la Ventanilla electrónica:

Fecha de apertura: 01 de junio del 2020

Fecha de cierre: 15 de junio del 2020.

Inicia tu registro aquí: (únicamente del 1° al 15 de junio)

Documentos de consulta y anexos

https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLScOltTL96aI1YT7ZD_Xnx3YeiIC7yCqqrV_Dx-aWH-MHLgUxw/viewform

A. Aviso de apertura de ventanilla

B. Términos de referencia

C. Anexo II. Declaratoria del solicitante

D. Directorio de Módulos de orientación

E. ACUERDO por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Fomento a la Agricultura, Ganadería, Pesca y Acuacultura de la Secretaria de Agricultura y Desarrollo Rural para el ejercicio 2020.

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5590429&fecha=25/03/2020
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